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CONDICIONES DE PROPUESTAS, ACUERDOS Y COLABORACIONES

Versión: 1.0
Fecha de publicación: 4 de agosto de 2026
Fecha de entrada en vigor: 4 de agosto de 2026

  1. Identificación del titular

Las presentes condiciones regulan las propuestas, acuerdos, colaboraciones y servicios personalizados gestionados a través de DonDiscos.com.

Titular y parte prestadora: Innovate Syncro S.L.U.
NIF: B26968040
Domicilio social: Calle Major, 35, 1.º, 08551 Tona, Barcelona, España.
Correo electrónico: info@dondiscos.com
Sitio web: https://dondiscos.com/

Innovate Syncro S.L.U. es la titular y gestora de DonDiscos.com.

ISmusic es la división especializada de Innovate Syncro S.L.U. para determinados servicios y proyectos relacionados con la actividad musical.

Los datos identificativos y registrales completos pueden consultarse en:

https://dondiscos.com/aviso-legal/

  1. Objeto

Estas condiciones regulan:

  • El envío y análisis de propuestas.
  • Las conversaciones preliminares.
  • Los acuerdos profesionales.
  • Las colaboraciones editoriales, culturales, promocionales o comerciales.
  • Los servicios personalizados.
  • Los proyectos desarrollados por Innovate Syncro S.L.U.
  • Los servicios coordinados mediante ISmusic.
  • Las relaciones con artistas, representantes, profesionales, entidades y empresas.
  • Los intercambios de servicios o prestaciones.
  • Las colaboraciones con condiciones económicas o no económicas.
  • Otras relaciones expresamente sometidas a estas condiciones.

Cada proyecto podrá concretarse mediante una propuesta, presupuesto, contrato, anexo o acuerdo particular.

  1. Ámbito profesional

Estas condiciones están destinadas principalmente a personas físicas o jurídicas que actúen en el marco de una actividad:

  • Empresarial.
  • Comercial.
  • Profesional.
  • Artística.
  • Cultural.
  • Institucional.
  • Asociativa.

Cuando una persona actúe en nombre de otra persona, artista, grupo, empresa o entidad, declara disponer de autorización suficiente para representarla.

Si una persona actuase realmente como consumidora, deberá comunicarlo antes de formalizar cualquier contratación. Se respetarán los derechos imperativos que legalmente le correspondan.

  1. Modalidades

Las relaciones reguladas por estas condiciones podrán adoptar, entre otras, las siguientes modalidades:

4.1. Propuestas

Ideas, iniciativas o solicitudes presentadas para su valoración inicial.

4.2. Acuerdos profesionales

Relaciones que establezcan prestaciones, compromisos, derechos y obligaciones para ambas partes.

4.3. Colaboraciones

Acciones desarrolladas conjuntamente para alcanzar un objetivo editorial, cultural, artístico, promocional, profesional o comercial.

4.4. Servicios personalizados

Trabajos adaptados a las necesidades de una persona, proyecto, artista, empresa o entidad.

4.5. Intercambios de prestaciones

Acuerdos en los que las partes aporten servicios, contenidos, espacios, recursos, productos, difusión u otras prestaciones sin que necesariamente exista un pago monetario completo.

4.6. Proyectos coordinados con ISmusic

Servicios relacionados, entre otros ámbitos, con:

  • Artistas y grupos.
  • Producción y grabación.
  • Promoción musical.
  • Distribución.
  • Lanzamientos.
  • Merchandising.
  • Booking.
  • Representación.
  • Asistencia en producciones.
  • Desarrollo de proyectos musicales.

La inclusión de una modalidad en estas condiciones no implica que se encuentre disponible ni que deba aceptarse cualquier propuesta relacionada con ella.

  1. Documentos que integran la relación

La relación entre las partes podrá estar formada, según cada caso, por:

  1. La propuesta, presupuesto, contrato o acuerdo particular aceptado.
  2. Los datos facilitados mediante el formulario.
  3. Las comunicaciones de confirmación.
  4. Las presentes condiciones.
  5. Los Términos y condiciones generales de DonDiscos.com.
  6. El Código ético y de conducta de DonDiscos.com.
  7. La Política de privacidad.
  8. Los anexos técnicos, económicos, artísticos o contractuales.
  9. Los documentos, calendarios y especificaciones expresamente aprobados.

Los documentos relacionados pueden consultarse en:

Términos y condiciones generales:
https://dondiscos.com/terminos-y-condiciones-generales/

Código ético y de conducta:
https://dondiscos.com/codigo-etico/

Política de privacidad:
https://dondiscos.com/politica-de-privacidad/

  1. Orden de prevalencia

En caso de contradicción, se aplicará el siguiente orden:

  1. La legislación de obligado cumplimiento.
  2. El contrato o acuerdo particular firmado.
  3. La propuesta o presupuesto aceptado.
  4. Los anexos específicos.
  5. Las presentes condiciones.
  6. Los Términos y condiciones generales.
  7. El Código ético y de conducta.
  8. Las comunicaciones informativas generales.

Las condiciones particulares prevalecerán únicamente respecto del proyecto al que se refieran.

  1. Envío de propuestas

El envío de un formulario, correo electrónico, documento, dosier o presentación constituye una solicitud de valoración.

No implica automáticamente:

  • Aceptación.
  • Contratación.
  • Colaboración.
  • Compromiso de respuesta.
  • Reserva de recursos.
  • Exclusividad.
  • Confidencialidad.
  • Representación.
  • Publicación.
  • Obligación de negociar.
  • Obligación de desarrollar el proyecto.

Innovate Syncro S.L.U. podrá solicitar información adicional antes de decidir si continúa estudiando la propuesta.

  1. Valoración inicial

Para valorar una propuesta podrán tenerse en cuenta:

  • Su relación con DonDiscos.com o ISmusic.
  • Su viabilidad técnica.
  • Los recursos necesarios.
  • El presupuesto disponible.
  • Los plazos.
  • Los derechos involucrados.
  • La experiencia y capacidad de las partes.
  • La compatibilidad editorial o profesional.
  • Los riesgos jurídicos.
  • El cumplimiento del Código ético.
  • La disponibilidad del equipo.
  • El interés estratégico del proyecto.

La valoración inicial podrá finalizar sin que se formalice ningún acuerdo.

  1. Propuestas no solicitadas y confidencialidad

No deberán enviarse secretos comerciales, contraseñas, datos especialmente sensibles, obras inéditas completas o información confidencial sin haber acordado previamente su tratamiento.

La recepción de una propuesta no solicitada no implica una obligación automática de confidencialidad.

Si la propuesta requiere protección especial, deberá indicarse antes de facilitar la información y, cuando corresponda, formalizarse un acuerdo de confidencialidad.

Esta regla no impedirá proteger los datos personales ni la información que deba considerarse confidencial por su naturaleza, por acuerdo o por obligación legal.

  1. Coincidencia de ideas o proyectos

Innovate Syncro S.L.U. puede estar desarrollando, valorando o recibiendo proyectos similares.

El envío de una idea general no impedirá que DonDiscos.com, ISmusic o Innovate Syncro S.L.U. desarrollen de forma independiente una iniciativa similar.

No se utilizarán indebidamente materiales protegidos, documentación confidencial ni desarrollos originales aportados por una persona sin la autorización correspondiente.

  1. Formalización

Una relación se considerará formalizada cuando se hayan cumplido las condiciones acordadas, que podrán incluir:

  • Aceptación expresa de la propuesta.
  • Firma de un contrato o anexo.
  • Confirmación por correo electrónico.
  • Aceptación de estas condiciones.
  • Entrega de documentación.
  • Comprobación de la representación.
  • Aprobación del alcance.
  • Pago inicial.
  • Entrega de materiales.
  • Obtención de autorizaciones.
  • Confirmación de fechas.

Las conversaciones preliminares no sustituyen la formalización definitiva.

  1. Procedimiento electrónico

La relación podrá formalizarse mediante:

  • Formulario.
  • Correo electrónico.
  • Presupuesto.
  • Propuesta comercial.
  • Firma electrónica.
  • Documento firmado.
  • Factura aceptada.
  • Pedido.
  • Contrato físico.
  • Combinación de estos medios.

El idioma principal será el español, salvo acuerdo expreso.

Las partes podrán conservar los formularios, correos, contratos, presupuestos, facturas y confirmaciones como prueba de la relación.

  1. Identificación y representación

Cada parte deberá facilitar información suficiente para identificar:

  • A la persona o entidad participante.
  • A su representante.
  • Su cargo o función.
  • Sus datos de contacto.
  • Su capacidad para asumir compromisos.
  • Las personas o proyectos representados.

Quien actúe por cuenta de un tercero será responsable de disponer de autorización suficiente.

Innovate Syncro S.L.U. podrá solicitar documentación acreditativa cuando resulte razonablemente necesaria.

  1. Definición del proyecto

Antes de comenzar un proyecto se procurará determinar:

  • El objetivo.
  • El alcance.
  • Las prestaciones de cada parte.
  • Los entregables.
  • Los materiales necesarios.
  • Las fechas estimadas.
  • Los responsables.
  • El sistema de aprobación.
  • Las condiciones económicas.
  • Los derechos de uso.
  • La duración.
  • Las causas de modificación o finalización.

Solo se considerarán incluidas las prestaciones expresamente acordadas.

  1. Obligaciones de Innovate Syncro S.L.U.

Innovate Syncro S.L.U. se compromete, dentro del alcance aceptado, a:

  • Actuar con diligencia profesional.
  • Coordinar las tareas asumidas.
  • Respetar los plazos razonablemente posibles.
  • Mantener las comunicaciones necesarias.
  • Informar de incidencias relevantes.
  • Proteger la información confidencial.
  • Respetar los derechos de terceros.
  • Entregar las prestaciones acordadas.
  • Aplicar criterios profesionales y editoriales propios.
  • Cumplir las obligaciones legales que le correspondan.
  1. Obligaciones de la otra parte

La persona o entidad participante deberá:

  • Facilitar información verdadera.
  • Mantener actualizados sus datos.
  • Colaborar en el desarrollo del proyecto.
  • Entregar materiales en plazo.
  • Revisar y aprobar las propuestas cuando corresponda.
  • Realizar los pagos acordados.
  • Disponer de derechos y autorizaciones suficientes.
  • Respetar el Código ético y de conducta.
  • Informar de cambios relevantes.
  • Cumplir la legislación.
  • No obstaculizar injustificadamente la ejecución.
  • Respetar al equipo, colaboradores y terceros.
  1. Entrega de información y materiales

Los materiales deberán entregarse:

  • En los formatos solicitados.
  • Con calidad suficiente.
  • Dentro de los plazos acordados.
  • Identificados correctamente.
  • Libres de archivos maliciosos.
  • Con las autorizaciones necesarias.

La falta de entrega podrá:

  • Retrasar el proyecto.
  • Suspender la ejecución.
  • Modificar el calendario.
  • Generar costes adicionales.
  • Impedir la prestación.
  • Dar lugar a la finalización del acuerdo.
  1. Plazos

Los plazos serán los establecidos en la propuesta o acuerdo.

Cuando dependan de aprobaciones, plataformas externas, proveedores, disponibilidad de artistas, entrega de contenidos o actuaciones de terceros, podrán tener carácter estimado.

Los retrasos imputables a una parte ampliarán razonablemente los plazos de la otra.

Los retrasos causados por la falta de respuesta o materiales no implicarán automáticamente una ampliación gratuita de la duración total del servicio.

  1. Revisiones y aprobaciones

El acuerdo podrá incluir un número determinado de revisiones.

La parte que deba aprobar una prestación será responsable de comprobar:

  • Textos.
  • Imágenes.
  • Datos.
  • Nombres.
  • Enlaces.
  • Fechas.
  • Precios.
  • Créditos.
  • Derechos.
  • Características técnicas.

La aprobación podrá realizarse por correo electrónico.

Los cambios solicitados después de una aprobación podrán afectar al precio y al plazo.

  1. Modificaciones del alcance

Cualquier modificación deberá comunicarse por escrito.

Cuando una solicitud:

  • Amplíe el alcance.
  • Añada nuevas prestaciones.
  • Modifique sustancialmente el proyecto.
  • Exija rehacer trabajos.
  • Requiera nuevos proveedores.
  • Altere el calendario.
  • Genere costes adicionales.

Podrá requerir una nueva propuesta, presupuesto o anexo.

Los cambios no serán efectivos hasta que hayan sido aceptados.

  1. Condiciones económicas

El carácter económico de la relación deberá quedar identificado.

La relación podrá ser:

  • Remunerada.
  • Gratuita.
  • Basada en intercambio de prestaciones.
  • Vinculada a una comisión.
  • Sujeta a reparto de ingresos.
  • De coste compartido.
  • Combinada.

No se presumirá una remuneración, comisión, compensación o reembolso distinto del expresamente acordado.

Cuando el acuerdo incluya prestaciones no monetarias, se describirán de forma suficientemente clara.

  1. Precios e impuestos

Los precios se expresarán en euros.

Salvo indicación expresa en contrario, no incluirán el Impuesto sobre el Valor Añadido ni otros impuestos aplicables.

El precio podrá determinarse mediante:

  • Importe cerrado.
  • Tarifa por horas.
  • Pagos por fases.
  • Cuota periódica.
  • Comisión.
  • Porcentaje sobre ingresos.
  • Importe por resultado definido.
  • Combinación de modalidades.

El sistema aplicable deberá constar en la propuesta o acuerdo.

  1. Gastos y servicios de terceros

Los gastos no incluidos deberán ser autorizados antes de asumirse cuando sean previsibles.

Podrán existir gastos relacionados con:

  • Desplazamientos.
  • Alojamiento.
  • Dietas.
  • Envíos.
  • Producción.
  • Fabricación.
  • Estudios.
  • Técnicos.
  • Artistas.
  • Licencias.
  • Plataformas.
  • Distribución.
  • Impresión.
  • Logística.
  • Servicios profesionales externos.

La propuesta indicará si están incluidos, se facturan aparte o son asumidos directamente por la otra parte.

  1. Facturación y pago

La factura se emitirá utilizando los datos fiscales facilitados.

El pago se realizará mediante el sistema indicado en la propuesta, contrato o factura.

Mientras no exista otro sistema operativo, podrá utilizarse la transferencia bancaria.

Podrán establecerse:

  • Anticipos.
  • Pagos parciales.
  • Pagos por hitos.
  • Pagos mensuales.
  • Liquidaciones periódicas.
  • Pago final.

El inicio o continuación del proyecto podrá condicionarse a la recepción del pago exigible.

  1. Falta de pago

La falta de pago podrá dar lugar a:

  • No iniciar el proyecto.
  • Suspender los trabajos.
  • Retener entregables no vencidos.
  • Limitar accesos.
  • Cancelar reservas.
  • Resolver la relación.
  • Reclamar cantidades pendientes.
  • Aplicar los intereses y costes de cobro legalmente procedentes.

Cuando resulte posible, se enviará un aviso antes de adoptar medidas definitivas.

  1. Propiedad de los materiales aportados

Cada parte conservará la titularidad de los materiales que aporte.

Quien facilite materiales declara que:

  • Es titular de los derechos necesarios.
  • Dispone de autorización suficiente.
  • Puede permitir su utilización.
  • Ha obtenido los consentimientos necesarios.
  • Los materiales no vulneran derechos.
  • No existen limitaciones incompatibles con el acuerdo.

La parte que aporte materiales responderá de las reclamaciones derivadas de una falta de autorización que le sea imputable.

  1. Autorización para utilizar materiales

La aportación de materiales concede una autorización:

  • No exclusiva.
  • Limitada al proyecto.
  • Sin transmisión de titularidad.
  • Válida durante el tiempo necesario para cumplir el acuerdo.

La autorización podrá permitir:

  • Reproducción.
  • Adaptación técnica.
  • Edición.
  • Maquetación.
  • Publicación.
  • Comunicación.
  • Difusión.
  • Archivo técnico.
  • Presentación del proyecto.

Cualquier utilización ajena al acuerdo requerirá una autorización adicional.

  1. Materiales creados durante el proyecto

Los derechos sobre los materiales creados por Innovate Syncro S.L.U., DonDiscos.com o ISmusic dependerán de lo acordado.

La contratación de un servicio no implica automáticamente la cesión total de los derechos.

La propuesta deberá indicar, cuando proceda:

  • Qué materiales se entregan.
  • Qué usos están autorizados.
  • El territorio.
  • La duración.
  • La exclusividad.
  • La posibilidad de modificación.
  • La utilización comercial.
  • La entrega de archivos editables.
  • Las limitaciones aplicables.

Los derechos no cedidos expresamente permanecerán en poder de su titular.

  1. Créditos y autoría

Cuando el proyecto requiera identificar a autores, intérpretes, productores, fotógrafos, diseñadores, técnicos, colaboradores u otras personas, las partes deberán facilitar los créditos correctos.

No podrán eliminarse o alterarse créditos obligatorios sin autorización.

Los errores deberán comunicarse para que puedan corregirse razonablemente.

  1. Marcas y nombres

Cada parte conserva sus marcas, nombres, logotipos y signos distintivos.

Su utilización estará limitada a:

  • Identificar el proyecto.
  • Ejecutar el acuerdo.
  • Comunicar la colaboración.
  • Presentar las prestaciones.
  • Cumplir las finalidades aceptadas.

No podrá generarse una apariencia falsa de representación, exclusividad, certificación, patrocinio o vinculación.

  1. Comunicación pública de la colaboración

Ninguna parte deberá anunciar públicamente una colaboración confidencial, no confirmada o sometida a embargo.

La comunicación pública podrá requerir aprobación sobre:

  • Fecha.
  • Texto.
  • Logotipos.
  • Imágenes.
  • Créditos.
  • Información económica.
  • Alcance del acuerdo.

La existencia de una relación no autoriza a revelar información interna o confidencial.

  1. Portafolio y referencias profesionales

Innovate Syncro S.L.U. podrá mencionar un proyecto como referencia profesional únicamente cuando:

  • Haya sido publicado.
  • La colaboración sea pública.
  • No exista una obligación de confidencialidad.
  • No se revelen datos reservados.
  • La utilización sea proporcionada.

Cuando el proyecto requiera confidencialidad total o una autorización previa, se respetará lo acordado.

  1. Confidencialidad

Las partes deberán proteger la información no pública recibida durante la relación.

Podrán considerarse confidenciales:

  • Propuestas.
  • Presupuestos.
  • Estrategias.
  • Contratos.
  • Datos personales.
  • Credenciales.
  • Materiales inéditos.
  • Lanzamientos no anunciados.
  • Condiciones económicas.
  • Información técnica.
  • Listados de contactos.
  • Planes comerciales.
  • Documentación interna.

La información confidencial solo podrá utilizarse para la finalidad acordada.

  1. Exclusividad y conflictos de interés

La relación no será exclusiva salvo que se acuerde expresamente.

La exclusividad deberá indicar:

  • Su alcance.
  • La actividad afectada.
  • El territorio.
  • La duración.
  • Las excepciones.
  • Las obligaciones de ambas partes.
  • La compensación cuando corresponda.

Cada parte deberá comunicar los conflictos de interés relevantes que puedan afectar al proyecto.

La colaboración con una persona o entidad no impide trabajar con otros profesionales, artistas, empresas o proyectos, salvo pacto expreso.

  1. Independencia editorial

Cuando la colaboración afecte a DonDiscos.com, Innovate Syncro S.L.U. conservará su independencia editorial.

La colaboración no atribuye derecho a:

  • Exigir valoraciones positivas.
  • Controlar la línea editorial.
  • Impedir críticas legítimas.
  • Garantizar publicaciones no acordadas.
  • Modificar contenidos históricos o informativos por interés comercial.
  • Interferir en relaciones con terceros.

Los contenidos patrocinados o comerciales se identificarán cuando resulte necesario.

  1. Código ético y de conducta

Las partes deberán respetar el Código ético y de conducta de DonDiscos.com:

https://dondiscos.com/codigo-etico/

La aceptación de estas condiciones implica su incorporación a la relación en todo aquello que resulte aplicable.

Su incumplimiento podrá dar lugar a medidas proporcionadas, incluyendo:

  • Advertencias.
  • Solicitud de corrección.
  • Retirada de materiales.
  • Suspensión.
  • Rechazo de actuaciones.
  • Finalización del acuerdo.
  1. Protección de datos

Los datos personales se tratarán para:

  • Gestionar la propuesta.
  • Verificar la identidad y representación.
  • Mantener comunicaciones.
  • Preparar presupuestos.
  • Formalizar acuerdos.
  • Coordinar el proyecto.
  • Gestionar pagos y facturas.
  • Cumplir obligaciones legales.
  • Atender reclamaciones.

La información completa está disponible en:

https://dondiscos.com/politica-de-privacidad/

Cuando una parte trate datos por cuenta de la otra, se formalizará el acuerdo correspondiente cuando sea legalmente necesario.

  1. Servicios coordinados con terceros

Innovate Syncro S.L.U. podrá recurrir a proveedores o colaboradores para determinadas tareas.

Podrán intervenir:

  • Profesionales creativos.
  • Técnicos.
  • Productores.
  • Estudios.
  • Distribuidoras.
  • Fabricantes.
  • Imprentas.
  • Plataformas.
  • Transportistas.
  • Asesores.
  • Otros proveedores especializados.

Cuando un tercero actúe como prestador independiente, sus condiciones podrán ser aplicables a la parte del servicio que gestione.

  1. Ausencia de garantía de resultados

Salvo compromiso expreso, no se garantizan:

  • Ventas.
  • Reproducciones.
  • Audiencia.
  • Posicionamiento.
  • Contrataciones.
  • Distribución.
  • Publicaciones.
  • Reconocimiento.
  • Financiación.
  • Retorno económico.
  • Resultados comerciales concretos.

Los resultados pueden depender de factores externos y de la participación de ambas partes.

  1. Ausencia de relación laboral, societaria o de representación

La relación no crea por sí misma:

  • Un contrato laboral.
  • Una sociedad.
  • Una agencia.
  • Una franquicia.
  • Una representación exclusiva.
  • Una unión empresarial.
  • Un mandato general.
  • Una asociación permanente.

Cada parte mantendrá su autonomía jurídica, económica y organizativa.

Ninguna podrá asumir obligaciones en nombre de la otra sin autorización expresa.

  1. Duración

La duración será la establecida en el acuerdo particular.

Podrá vincularse a:

  • Un plazo determinado.
  • La entrega de un proyecto.
  • La celebración de un evento.
  • Una campaña.
  • Una prestación periódica.
  • La consecución de determinados hitos.
  • Una relación continuada.

La continuación después del plazo requerirá acuerdo cuando no exista una renovación prevista.

  1. Cancelación

Cualquiera de las partes podrá solicitar la cancelación conforme a las condiciones particulares.

La cancelación no generará automáticamente derecho a devolución.

Se tendrán en cuenta:

  • El trabajo realizado.
  • Los costes asumidos.
  • Los recursos reservados.
  • Los compromisos con terceros.
  • Los materiales adquiridos.
  • Las prestaciones ya recibidas.
  • Los pagos vencidos.
  • La causa de la cancelación.

Cuando la cancelación sea imputable a un incumplimiento esencial, se aplicarán las medidas que correspondan.

  1. Suspensión y resolución

La relación podrá suspenderse o resolverse por:

  • Impago.
  • Incumplimiento grave.
  • Información falsa.
  • Falta de colaboración imprescindible.
  • Vulneración de derechos.
  • Incumplimiento del Código ético.
  • Conductas abusivas.
  • Riesgos de seguridad.
  • Actividad ilícita.
  • Imposibilidad técnica o legal.
  • Vulneración de la confidencialidad.
  • Pérdida de autorizaciones necesarias.

Cuando el incumplimiento pueda corregirse, podrá concederse un plazo razonable.

Las medidas urgentes podrán adoptarse inmediatamente cuando exista riesgo para terceros, derechos, seguridad o cumplimiento legal.

  1. Efectos de la finalización

Al finalizar la relación:

  • Cesarán las prestaciones pendientes no exigibles.
  • Se abonarán las cantidades vencidas.
  • Se devolverán o eliminarán materiales cuando corresponda.
  • Se desactivarán los accesos.
  • Finalizarán las autorizaciones vinculadas exclusivamente al proyecto.
  • Se conservarán los documentos legalmente necesarios.
  • Continuarán las obligaciones de confidencialidad.
  • Permanecerán las cláusulas que deban subsistir.

Los contenidos editoriales publicados legítimamente podrán mantenerse cuando exista una finalidad informativa, cultural, histórica o documental.

  1. Responsabilidad

Cada parte responderá de los daños directos derivados de sus propios incumplimientos.

Innovate Syncro S.L.U. no responderá de daños derivados exclusivamente de:

  • Información incorrecta facilitada por la otra parte.
  • Materiales aportados sin derechos.
  • Decisiones de terceros.
  • Plataformas externas.
  • Resultados no garantizados.
  • Retrasos imputables a la otra parte.
  • Incumplimientos de proveedores independientes.
  • Interrupciones inevitables fuera de su control.
  • Usos contrarios a las instrucciones acordadas.

En relaciones profesionales, la responsabilidad económica podrá limitarse al importe abonado por el servicio que haya originado la reclamación.

La limitación no se aplicará en casos de:

  • Dolo.
  • Negligencia grave.
  • Daños personales.
  • Vulneraciones de confidencialidad imputables.
  • Incumplimientos de protección de datos imputables.
  • Infracciones de propiedad intelectual imputables.
  • Responsabilidades que legalmente no puedan limitarse.
  1. Fuerza mayor

Ninguna parte responderá de incumplimientos provocados por acontecimientos inevitables fuera de su control razonable.

Podrán considerarse, según las circunstancias:

  • Desastres naturales.
  • Incendios.
  • Cortes de suministro.
  • Fallos graves de comunicaciones.
  • Ataques informáticos extraordinarios.
  • Decisiones de autoridades.
  • Conflictos generales.
  • Emergencias sanitarias.
  • Conflictos armados.
  • Indisponibilidad grave de servicios esenciales.

La parte afectada informará y procurará reducir las consecuencias.

  1. Comunicaciones

Las comunicaciones se realizarán preferentemente por escrito.

Se considerarán válidas las enviadas a:

Innovate Syncro S.L.U.: info@dondiscos.com
Otra parte: Dirección facilitada en el formulario, propuesta o acuerdo.

Cada parte deberá mantener actualizados sus datos de contacto.

Los formularios, correos, propuestas, presupuestos, facturas, aprobaciones y justificantes podrán utilizarse como prueba de las actuaciones realizadas.

  1. Modificación de estas condiciones

Innovate Syncro S.L.U. podrá actualizar estas condiciones por cambios legales, técnicos, organizativos o profesionales.

Las nuevas versiones se aplicarán a:

  • Nuevas propuestas.
  • Nuevos acuerdos.
  • Renovaciones.
  • Ampliaciones.
  • Modificaciones aceptadas.

No se alterarán retroactivamente las condiciones esenciales de un acuerdo ya formalizado, salvo acuerdo o exigencia legal.

  1. Nulidad parcial

Si una cláusula fuera declarada nula, inválida o inaplicable, las restantes continuarán vigentes.

La cláusula afectada se interpretará o sustituirá de forma que se conserve su finalidad legítima dentro de los límites legales.

  1. Legislación y controversias

Estas condiciones se rigen por la legislación española y, cuando corresponda, por la normativa de la Unión Europea.

Antes de iniciar una reclamación judicial, las partes procurarán resolver la incidencia mediante negociación de buena fe.

Cuando ambas partes actúen como empresarios o profesionales y resulte legalmente admisible, se someten a los juzgados y tribunales correspondientes a Vic, Barcelona.

Cuando resulte aplicable una norma imperativa diferente, se respetará el órgano judicial legalmente competente.

  1. Aceptación

Al marcar la casilla correspondiente, aceptar una propuesta, firmar un documento, efectuar un pago o confirmar un acuerdo, la persona o entidad declara:

  • Haber podido consultar estas condiciones.
  • Comprender su contenido esencial.
  • Aceptar su aplicación.
  • Actuar con capacidad y representación suficientes.
  • Conocer el alcance del proyecto.
  • Disponer de los derechos y autorizaciones necesarios.
  • Respetar el Código ético y de conducta.
  • Conocer que las conversaciones iniciales no implican aceptación automática.
  • Aceptar las condiciones particulares acordadas.

La aceptación quedará asociada a la versión vigente en la fecha de formalización.

  1. Contacto

Para consultas relacionadas con propuestas, acuerdos, colaboraciones o servicios personalizados:

Innovate Syncro S.L.U.
DonDiscos.com
Correo electrónico: info@dondiscos.com
Sitio web: https://dondiscos.com/