NUEVO CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL PERSONAL DE SALAS DE FIESTA, BAILE, DISCOTECAS, LOCALES DE OCIO Y ESPECTÁCULOS DE ESPAÑA
Desde el pasado 24 de marzo de 2023 los Djs son reconocidos como artistas.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
- Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y espectáculos de España. (código de convenio n.º 99100115012012). Suscrito con fecha 8 de febrero de 2023, de una parte por la Federación Nacional de Empresarios de Ocio y Espectáculos, España de Noche en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FeSMC-UGT), la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO. (FSC-CC.OO.), la Confederación de Artistas-Trabajadores del Espectáculo (CONARTE) y la Unión de Actores y Actrices (UAA) en representación de los trabajadores
- Artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Tal y como regula el Grupo B del Convenio Colectivo:
Personal artístico: toda persona que represente, cante, lea, recite, interprete o ejecute en cualquier forma una obra musical, literaria, dramática, coreográfica o de cualquier otro género, tales como músicos instrumentistas y cantantes en todos los géneros y especialidades musicales, bailarines en todos los géneros coreográficos, especialmente artistas en tablaos flamencos, disc-jockeys, monologuistas, declamadores.
La actividad laboral desarrollada por los DJs ha sido formalmente clasificada como actividad artística.
La nueva conceptualización de la categoría profesional del DJ ha generado significativas repercusiones en los ámbitos laboral y económico para quienes ejercen esta profesión.
Asimismo, se han incorporado nuevas figuras profesionales, tales como el «live DJ», el lightjockey y el videojockey, todas ellas reconocidas oficialmente como artistas.
Esta modificación en el estatus laboral incide directamente en múltiples ámbitos. En primer lugar, se prevé un aumento significativo en el salario base de todos los DJs.
Como parte de esta nueva regulación, cada jornada laboral incluirá un extra de casi 7€ en concepto de transporte, un derecho del que antes carecían los DJs. También se impone un nuevo marco horario: los sets no podrán superar las 3 horas o 4 en el caso de los DJs residentes y cualquier tiempo extra se pagará con una tarifa un 50% más alta.
Desde el punto de vista contributivo, se ha estipulado que cada actuación de un DJ será reconocida como una jornada laboral completa, independientemente del tiempo real trabajado. Esta disposición tiene consecuencias relevantes tanto para la futura jubilación como para el acceso a diversas prestaciones del sistema de seguridad social.
La entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023 marca un antes y un después para los DJs: ahora pueden jubilarse sin haber alcanzado el 100 % de su base de cotización, e incluso seguir mezclando música mientras cobran su pensión. Además, se les reconoce como artistas a todos los efectos, lo que asegura que, en futuras crisis como la vivida con la pandemia, reciban la misma protección que cualquier otro profesional del espectáculo.
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